Esta web está especializada en temas de derecho laboral en España. Aquí podrá encontrar artículos de interés, noticias, sentencias y más información sobre el mundo laboral.

Además puede suscribirse al Boletín Gratuito de derecho laboral y social.

TSJ. No se puede compatibilizar la prestación por desempleo con el reinicio de la actividad fija discontinua al comenzar una nueva campaña, aun cuando se presten servicios a tiempo parcial

No se puede compatibilizar la prestación por desempleo con el reinicio de la actividad fija discontinua al comenzar una nueva campaña, aun cuando se presten servicios a tiempo parcial. Imagen de una profesora joven muy serie y sus alumnos detrás en sus pupitres

Prestación por desempleo. Incompatibilidad de la prestación con el trabajo de personal fijo discontinuo cuando reinicia su actividad, sin distinguir el tratamiento para trabajo a tiempo parcial o para uno a jornada completa.

En el régimen de incompatibilidad de las prestaciones por desempleo se prevé la compatibilidad de la prestación con el trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial, deduciendo de su importe la parte proporcional al tiempo trabajado. Dicha previsión se recoge en el artículo 282.1 de la LGSS, así como en el artículo 15.1 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril por el que se desarrolla la Ley 31/1984, de 2 de agosto, de Protección por Desempleo. Sin embargo, el artículo 6.5 del citado Real Decreto 625/1985, de 2 de abril, determina que «al trabajador de carácter fijo discontinuo que sea llamado para reiniciar su actividad se le suspenderá o extinguirá el derecho a la prestación según que la duración del trabajo sea inferior, igual o superior respectivamente a (doce) meses.

Declaración institucional de 2026 como año de la seguridad y salud en el trabajo

Seguridad y salud en el trabajo

El Consejo de Ministros ha aprobado la declaración institucional con motivo del trigésimo aniversario de la aprobación de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, y por el que se declara el año 2026 como año de la seguridad y salud en el trabajo con el siguiente texto:

"Este 8 de noviembre se celebra el trigésimo aniversario de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, que durante tres décadas ha sido la referencia en materia de seguridad y salud en el trabajo y ha supuesto un hito en términos legales y simbólicos para sentar las bases de una cultura de la prevención hasta entonces inexistente.

Reforma de las pensiones: sostenibilidad, modalidades de jubilación y retos para los asesores laborales

Reforma de las pensiones: sostenibilidad, modalidades de jubilación y retos para los asesores laborales. Imagen de una pareja senior paseando felizmente por la playa

La sostenibilidad del sistema público de pensiones es un debate recurrente que salta a la palestra cada cierto tiempo.

Según un reciente estudio publicado por la Fundación de Estudios Aplicados de Economía (FEDEA) sobre el impacto de la reforma de las pensiones de 2021-23, la creciente brecha entre prestaciones y cotizaciones amenaza con drenar recursos necesarios para atender otras prioridades.

El creciente aumento del gasto en pensiones, que en 2050 alcanzará límites alarmantes, obliga a plantear medidas de ajuste y a repensar las modalidades de jubilación para conciliar sostenibilidad y protección social.

Sin embargo, a pesar de los alarmantes datos sobre la sostenibilidad del sistema, las pensiones contributivas se revalorizaron en 2025 un 2,8%.

A continuación analizaremos las claves para la sostenibilidad del sistema público de pensiones, las modalidades de jubilación que ganan protagonismo tras la reforma de 2025 y las principales implicaciones para los asesores laborales y responsables de recursos humanos.

TS. Jubilación parcial y contrato de relevo. Correspondencia de bases de cotización. No se aplica sobre el 65% de las bases de cotización promediadas el porcentaje de jornada que vaya a realizar el trabajador relevista

Jubilación parcial y contrato de relevo. Correspondencia de bases de cotización. No se aplica sobre el 65% de las bases de cotización promediadas el porcentaje de jornada que vaya a realizar el trabajador relevista. Imagen de un hombre con cara de mucha preocupación

Jubilación parcial y contrato de relevo. Equivalencia de bases de cotización entre el trabajador relevado y el relevista. Interpretación del artículo 215.2 de la LGSS cuando se refiere a la base de cotización del relevista igual o superior al 65% de la que tenía el jubilado parcial.

En el caso analizado, se trata de determinar si, para cumplir con el esfuerzo cotizatorio equivalente, procede reconocer la pensión de jubilación parcial aplicando al 65% obtenido, la parcialidad de la persona relevista (que en este caso sería del 50%) y no sobre el 100% cotizado por el jubilado. Si atendemos a la literalidad del precepto que impone una correspondencia entre las bases de cotización en un mínimo del 65% del promedio de las bases de cotización correspondientes a los seis últimos meses del período de base reguladora de la pensión de jubilación parcial, ello es suficiente para considerar que las bases de cotización a tener en cuenta son las que el jubilado parcial realizó antes del acceso a la jubilación que pretende, sin más elementos a considerar a tal efecto.

AN. Los trabajadores tienen derecho a disfrutar íntegramente el permiso de 5 días por intervención quirúrgica de familiar sin hospitalización, cuando requiera reposo domiciliario, aun cuando este fuera de duración inferior

No procede limitar su duración con carácter anticipado, aventurando un uso indebido o fraudulento. Hombre con pie herido en reposo domiciliario

Permiso de 5 días por intervención quirúrgica de pariente sin hospitalización que precise reposo domiciliario. Determinación de si debe ser de 5 días en cualquier caso o depende del tiempo que establezca el facultativo.

El artículo 37.3 del ET dispone que «la persona trabajadora, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente (...)». Y a continuación reconoce el permiso de cinco días que ahora analizamos. Si ello es así, la expresión «y por el tiempo siguiente» no deja lugar a dudas: el legislador ha previsto expresamente que la situación de permiso recogida en su apartado b) exige una protección con cinco días de permiso, ni más ni menos. Si hubiese querido limitar su duración a un periodo inferior, expresamente lo hubiera previsto, sin que el precepto incorpore una dicción como «hasta cinco días» u otra similar que permita reducir el permiso a un periodo inferior. Tampoco podría ampliarse la duración del permiso a una extensión mayor, caso de considerarse que la causa del mismo continúa vigente, pues la dicción es taxativa: cinco días.

Selección de jurisprudencia (del 16 al 31 de octubre de 2025)

Selección de jurisprudencia (del 16 al 31 de octubre de 2025). Imagen de un hombre firmando un libro de abogados

Consulte aquí en formato pdf